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Nuevas normativas de la cuota de autónomos en 2024

Natalia Martín24 sept 2024
nueva cuota de autónomos

En 2024, los trabajadores autónomos en España se enfrentan a importantes cambios en las cuotas de cotización a la Seguridad Social, como parte de una reforma impulsada por el Gobierno para adaptar el sistema a los ingresos reales de estos profesionales. 

Con la nueva normativa, aprobada en 2022 e implementada de manera progresiva hasta 2025, las cuotas se calculan en función de los rendimientos netos, lo que hace que los autónomos con menores ingresos coticen menos, mientras que aquellos con ingresos más elevados contribuyan en mayor proporción.

Estos cambios afectan a cerca de 3,3 millones de autónomos en España, quienes ahora deben realizar una previsión anual de sus ingresos para adecuar sus cotizaciones, con revisiones trimestrales que les permiten ajustar las cuotas si sus ingresos cambian durante el año. 

¿Qué es la cuota de autónomo? 

La cuota de autónomos es un gasto mensual que tienen los trabajadores autónomos en España que deben pagar a la Seguridad Social para cubrir sus cotizaciones.

A cambio de esto pueden acceder a las prestaciones sociales como la atención sanitaria, pensiones, incapacidades temporales o permanente, y el paro de autónomos (cese de la actividad)

Como mencionamos anteriormente, de cara a 2024, la cuota de autónomos en España se ha ajustado para calcularse en función de los rendimientos netos del autónomo, es decir, sus ingresos después de restar los gastos deducibles.

Con este cambio se quiere conseguir un sistema más equitativo que permita que quienes ganen menos paguen una cuota más baja, mientras que los autónomos con mayores ingresos aporten más al sistema de seguridad social

Al acabar el año, la Seguridad Social hará sus ajustes, si pagas más de lo que debías, te devolverán ese dinero. 

De manera contraria, si pagaste menos, te exigirán pagarlo. 

¿Qué cubre la cuota de los autónomos? 

Cuando pagas la cuota de los autónomos estás pagando por una serie de prestaciones similar a la que reciben los trabajadores por cuenta ajena. 

Algunas de ellas son: 

  1. Asistencia sanitaria: tienen acceso a la atención médica pública, tanto primaria como especializada, igual que cualquier otro ciudadano, cubriendo desde visitas médicas hasta tratamientos y hospitalización. 
  2. Incapacidad temporal: si no puedes trabajar temporalmente debido a enfermedad o accidente, tendrás derecho a recibir una prestación económica que compense tu falta de ingresos. 
  3. Incapacidad permanente: si la enfermedad o accidente provoca una incapacidad permanente para trabajar, el autónomo puede acceder a una pensión por incapacidad permanente parcial, total o absoluta, dependiendo de la gravedad.
  4. Cese de la actividad: similar al paro que recibe un asalariado, aunque para un autónomo suele ser más difícil de solicitar. Descubre cómo solicitar el paro siendo autónomo.
  5. Maternidad y paternidad: los autónomos tienen derecho a prestaciones por maternidad, paternidad y adopción, lo que les permite recibir un subsidio mientras están de baja por estos motivos. 
  6. Jubilación: al igual que un trabajador por cuenta ajena, cotizas para tu pensión de jubilación. El monto dependerá de las bases de cotización elegidas a los largo de su vida laboral, así como de los años cotizados. 
  7. Riesgo durante el embarazo y la lactancia: si él autónomo realiza una actividad que pone en riesgo su salud o la del bebé durante el embarazo, puede acceder a una prestación económica y a una baja. 

En algunos casos será importante que tengas el certificado de estar al corriente de pagos en la seguridad social. ¡Descubre como obtenerlo!

¿Qué es lo que ha cambiado en la cuota de los autónomos?

El nuevo sistema de cotización es un modelo progresivo de cuotas que lleva desplegándose 3 años, lo que ha cambiado es, que a los autónomos con menos ingresos se les rebaja su cuota mientras que subirá para aquellos que más ganan

Es decir, cuantos más ingresos tenga el autónomo, mayor será su base de cotización, y por lo tanto, su cuota. 

Anteriormente, los autónomos podían elegir libremente su base de cotización dentro de un rango establecido, sin que esta estuviera necesariamente relacionada con sus ingresos reales.

Con este sistema se imponen 15 tramos de cotización en los que cada autónomo deberá de ubicarse en función de sus previsión de ingresos.  

Al ser progresivo, no serán las mismas cuotas en 2023 como en 2024 y 2025

En 2023 se tomó como referencia la base de cotización mínima para cada tramos, entre los 230 euros mensuales para los autónomos con rendimientos inferiores a los 670 euros y 500 euros para los que superan los 6.000 euros

Ahora, en 2024, los tramos de ingresos se incrementarán para aquellos que reciben rentas mayores: la cuota mínima en 2024 será de 225 euros y la máxima de 530 euros

Esto supone que los tramos 1,2 y 3 disfrutarán de cuotas de un 2,1 y 3,8 más bajas. Los 4, 5 y 6 tendrán la misma y el resto de tramos (son 15) subirá de entre un 2,5 y 6 %.

En 2025, la cuota mínima seguirá bajando hasta alcanzar los 200 euros y la cuota máxima será de 590 euros.

Tabla 2024: cuota de autónomos

Tabla cuota de autónomos 2024

Tabla 2025: cuota de autónomos

Tabla 2025 cuota de autónomos

¿Cómo se calcula la cuota de autónomos en 2024?

Para calcular la cuota de autónomos en 2024, debes seguir los siguientes pasos, tomando en cuenta las bases de cotización que varían según tus rendimientos netos mensuales (ingresos menos gastos deducibles) y aplicando el tipo de cotización correspondiente. 

Aquí te explico el proceso:

1. Determina tus rendimientos netos mensuales

  • Los rendimientos netos son tus ingresos brutos menos los gastos deducibles.
  • Debes tener una estimación de cuánto ganas al mes para poder encuadrarte en uno de los tramos de cotización.

2. Encuentra tu tramo de cotización

Una vez calculado el rendimiento neto mensual, localiza tu tramo en la tabla de cotización de 2024 (que ya hemos compartido). 

Cada tramo tiene una base mínima y una base máxima de cotización.

3. Selecciona la base de cotización

Puedes elegir entre la base mínima y la base máxima para el tramo que te corresponde según tus rendimientos netos. 

Normalmente, los autónomos tienden a elegir la base mínima, pero si deseas pagar más para aumentar tus prestaciones (jubilación, incapacidad, etc.), puedes optar por una base mayor dentro de tu tramo.

4. Aplica el tipo de cotización

El tipo de cotización general para autónomos en 2024 es 31,20%. Este porcentaje cubre:

  • Contingencias comunes (enfermedades comunes, jubilación, etc.).
  • Contingencias profesionales (accidentes de trabajo).
  • Cese de actividad (el "paro" de los autónomos).
  • Formación profesional.

5. Fórmula para calcular la cuota:

Cuota mensual = base de cotización x 31’20%

Ejemplo de cálculo:

Imagina que tus rendimientos netos mensuales son de 1.500 €:

1. Según la tabla, caes en el tramo de 1.300 a 1.500 €

2. Puedes elegir entre la base mínima (960,78 €) y la base máxima (1.500 €).

3. Si eliges la base mínima, el cálculo sería:

Cuota = 960,78 €  x 31,20 % = 299,04 €

Si eliges la base máxima, el cálculo sería:

Cuota = 1500 € x 31,20 % = 468 €

¿Cuándo puedo cambiar mi cuota de autónomos? 

Si durante el año 2024 esperas que tus ingresos netos cambien, podrás elegir una nueva base de cotización cada dos meses, lo que significa que tu cuota se ajustará a esos cambios. Puedes hacer un total de seis modificaciones a lo largo del año.

Las fechas en las que estas modificaciones tendrán efecto son las siguientes:

  • 1 de marzo de 2024: si solicitas el cambio entre el 1 de enero y el último día de febrero.
  • 1 de mayo de 2024: si lo solicitas entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio de 2024: si lo solicitas entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre de 2024: si lo solicitas entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • 1 de noviembre de 2024: si lo solicitas entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • 1 de enero de 2025: si lo solicitas entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

Cuota de autónomos el primer año: tarifa plana de 80 €

En España, la tarifa plana para autónomos es un beneficio que permite reducir significativamente la cuota de la Seguridad Social durante el primer año de actividad. 

A continuación, te explico cómo funciona:

Tarifa plana para autónomos en el primer año

1. Cuota Mensual

Desde el 1 de enero de 2023, la tarifa plana se establece en 80 euros al mes durante los primeros 12 meses de actividad. 

Esta cuota se aplica independientemente de la base de cotización elegida.

2. Duración

La tarifa plana se puede disfrutar durante 12 meses desde el inicio de la actividad como autónomo.

3. Requisitos

Para acceder a esta tarifa, debes cumplir con ciertos requisitos, como no haber estado dado de alta como autónomo en los dos años anteriores y no haber estado en situación de pluriactividad (es decir, ser autónomo y estar también en el régimen general al mismo tiempo).

4. Bonificaciones adicionales

Si eres menor de 30 años (o menor de 35 en el caso de mujeres), puedes beneficiarte de una reducción en la cuota durante 24 meses. 

En este caso, después del primer año de tarifa plana, la cuota puede ser de 50% de la cuota mínima durante los seis meses siguientes, y luego del 30% durante otros seis meses.

5. Plazo para solicitar

Debes solicitar la tarifa plana al darte de alta como autónomo y puede hacerse en el momento de la inscripción en la Seguridad Social.

Tienes que valorar si te merece la pena darte de alta o, si por el contrario, podrás empezar facturando sin ser autónomo.

Ejemplo de cuotas

  • Meses 1 a 12: 80 euros al mes (tarifa plana).
  • Mes 13 en adelante: Cuota mínima de autónomos según la base de cotización elegida, que puede variar, pero está sujeta a los límites establecidos por la Seguridad Social.

Preguntas frecuentes sobre la cuota de los autónomos 

1. ¿Cómo se determina la base de cotización y qué factores deben considerarse al elegir?

La base de cotización se elige en función de los ingresos esperados y puede impactar en las futuras prestaciones, como la pensión. 

Los autónomos deben considerar sus gastos, el tipo de actividad, y si planean realizar cambios en sus ingresos a corto plazo.

2. ¿Qué sucede si supero el umbral de ingresos y no actualizo mi base de cotización?

Si un autónomo supera el límite de ingresos para su base de cotización y no la actualiza, puede enfrentarse a sanciones y a una cuota de cotización inferior a la que le corresponde, afectando su acceso a futuras prestaciones.

3. ¿Puedo cambiar mi base de cotización más de dos veces al año si mi situación económica cambia drásticamente?

En general, los cambios están limitados a un máximo de dos por año.

Sin embargo, en casos de situaciones excepcionales, como la baja de ingresos debido a una crisis económica, se pueden solicitar cambios adicionales a través de un procedimiento específico.

4. ¿Qué beneficios adicionales o reducciones puedo obtener al ser autónomo y cotizar en el régimen especial?

Los autónomos pueden acceder a beneficios como la deducción de ciertos gastos, bonificaciones por ser joven o mayor de 30 años, y la posibilidad de beneficiarse de la tarifa plana. 

También pueden tener acceso a prestaciones específicas como la incapacidad temporal o el cese de actividad.

5. ¿Cómo se gestiona la cuota de autónomos en caso de baja por enfermedad o maternidad?

Durante la baja por enfermedad o maternidad, los autónomos tienen derecho a recibir una prestación económica. 

Sin embargo, es crucial haber cotizado un tiempo suficiente y cumplir con los requisitos establecidos. 

Durante este periodo, la cuota se mantiene, y el autónomo debe asegurarse de gestionar adecuadamente su situación con la Seguridad Social para recibir las prestaciones correspondientes.


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